lunes, 31 de enero de 2011

Desarrollo Hidroeléctrico - Parte 4: Decretos de Urgencia DU001 y DU002-2011

En mi artículo del 23 de diciembre de 2010 sobre el proyecto de ley No. 4335-2010 comenté lo siguiente: "Dos aspectos del proyecto llamaron inmediatamente mi atención. Primero, en lo que respecta a las REI (Redes Eléctricas Inteligentes) el proyecto contiene solamente dos artículos muy generales. Segundo, el resto de artículos del proyecto están dirigidos a modificar y eliminar artículos, algunos de ellos importantes, de las principales leyes del margo legal eléctrico peruano. Este blog lo voy a dedicar a las REI, dejando para otro posterior comentar el resto del proyecto de ley."


Bueno, después de ver publicados los dos primeros decretos de urgencia del 2011 (ver el texto de los decretos que se adjuntan), para mi pareciera que el tema de las redes inteligentes fue incluido en el proyecto de ley No. 4335-2010 como un camuflaje del objetivo principal del proyecto, que era realmente la eliminación de varios artículos de la ley de concesiones eléctricas, entre ellos la obligación de la aprobación de los estudios de impacto ambiental de los proyectos hidroeléctricos, como pre-requisito para dar en concesión la explotación de estos recursos.

Decretos de Urgencia DU001 y DU002-2011

Lo que es aún mas preocupante, es la forma que ha encontrado este gobierno para eludir la fiscalización ciudadana cuando ve que hay, o puede haber, cierta oposición a alguna medida que este quiere implementar; simplemente recurre a decretos de urgencia. Claramente no le gusta que se opongan a sus propuestas. En este tema de los estudios medio ambientales creo que el gobierno se ha pasado de la raya y concuerdo plenamente con los editoriales de El Comercio de los días 25 y 30 de enero, los cuales expresan su rechazo a los decretos y considera inaceptable la "flexibilización ambiental" que se pretende y la criticable actitud del MINAM al respecto.

Editoriales de El Comercio

Y no se diga que sobre las hidroeléctricas de la amazonía no se ha comentado y hecho conocer al gobierno la importancia de la aprobación de los estudios de impacto ambiental (y de la licencia social), antes de proceder con su autorización y concesión definitiva. No me refiero solamente a la oposición de ciertas comunidades, que ciertamente podrían ser susceptibles a manipulaciones interesadas, sino opiniones de técnicos y expertos reconocidos.

Modestamente, yo hice conocer mi opinión al respecto cuando comenté sobre las hidroeléctricas del convenio energético con Brasil, en mi blog del 2 de octubre de 2010, titulado: Desarrollo Hidroeléctrico - Parte 2 (verlo aquí). En esa presentación dediqué 4 "slides" expresamente al tema socio-ambiental y recomendaba la implantación en Perú de una Evaluación Ambiental Estratégica para los grandes proyectos de infraestructura. También se presentaba como referencia las exigencias en Brasil para obtener el licenciamiento socio ambiental de sus proyectos hidroeléctricos. ¿Qué menos se podría pedir en Perú para desarrollar un proyecto hidroeléctrico en nuestro territorio, fundamentalmente para la exportación de energía eléctrica a Brasil, que lo que piden ellos mismos para sus propios proyectos?

No hay comentarios:

Publicar un comentario